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Justicia condena a aerolínea por varados sin servicios: indemnización por incumplimiento de contrato

Un tribunal federal argentino falla a favor de pasajeros tras cancelación de vuelo y 17 horas sin asistencia

Pasajeros varados en aeropuerto internacional durante más de 17 horas sin acceso a alimentos, ropa de cambio ni información adecuada obtuvieron una sentencia favorable que condena a la aerolínea responsable al pago de una indemnización significativa por incumplimiento de contrato de transporte. El caso se originó cuando dos viajeros que

Redaccion PresuMex·11/7/2026
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Justicia condena a aerolínea por varados sin servicios: indemnización por incumplimiento de contrato

Pasajeros varados en aeropuerto internacional durante más de 17 horas sin acceso a alimentos, ropa de cambio ni información adecuada obtuvieron una sentencia favorable que condena a la aerolínea responsable al pago de una indemnización significativa por incumplimiento de contrato de transporte.

El caso se originó cuando dos viajeros que regresaban desde Aruba hacia Buenos Aires, con escala en Panamá, abordaron su vuelo programado para el 1 de febrero de 2021. Tras permanecer casi tres horas dentro de la aeronave sin despegar, la compañía comunicó la cancelación del vuelo debido a un desperfecto técnico en uno de los motores. La reprogramación para el día siguiente dejó a los pasajeros en una situación crítica: su equipaje ya había sido despachado, por lo que no tenían acceso a ropa de cambio, y la aerolínea no ofreció servicios básicos como alimentos, viáticos ni alternativas de reubicación en otros vuelos.

El Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n.º 11 analizó el marco jurídico del transporte aéreo internacional, aplicando el Convenio de Montreal de 1999 y el Código Aeronáutico argentino. Estos instrumentos establecen que el transportista es responsable de los daños ocasionados por demoras, salvo que demuestre haber tomado todas las medidas necesarias para evitarlos o que resultó imposible hacerlo. En este caso, la aerolínea no presentó pruebas de fuerza mayor ni justificación alguna para la demora, consolidando su responsabilidad contractual.

La sentencia reconoció tanto daño material —gastos en alimentos y bebidas durante la espera— como daño moral por la incomodidad e incertidumbre experimentadas. El tribunal determinó que la compañía incumplió sus obligaciones contractuales al no proporcionar asistencia adecuada durante una situación de emergencia operacional, violando así los estándares de responsabilidad objetiva que rigen el transporte aéreo internacional.

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